El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente determinó que no existe causa suficiente para designar un fiscal especial contra Nannette Martínez Ortiz, exdirectora ejecutiva del Servicio de Innovación y Tecnología de Puerto Rico (PRITS), y ordenó archivar el caso.

La investigación preliminar comenzó después de que el Departamento de Justicia recibiera por correo una denuncia anónima sobre la contratación de Martínez Ortiz tras concluir sus funciones públicas.

La comunicación alegaba que la exfuncionaria había sido contratada para prestar servicios de asesoría sustancialmente similares a los que realizaba en PRITS antes de que transcurriera el periodo de espera de un año aplicable a ciertos exservidores públicos.

La División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor examinó la contratación de Martínez Ortiz por la Oficina del Comisionado de Seguros y requirió mediante subpoena información sobre posibles intervenciones relacionadas con esa agencia durante su incumbencia.

El contrato contemplaba asesoría para desarrollar un reglamento sobre ciberseguridad de datos de seguros, revisar protocolos y administrar el proyecto.

Tras evaluar la documentación, Justicia concluyó que la información no evidenciaba una violación al artículo 4.6 de la Ley de Ética Gubernamental ni a otra disposición penal aplicable.

La pesquisa también consideró que varias competencias relacionadas con esos servicios fueron incorporadas a PRITS mediante la Ley 40-2024, aprobada después de que Martínez Ortiz dejara su puesto.

Según el análisis acogido por el Panel, la exdirectora no podía haber ejercido durante su incumbencia funciones creadas por una legislación que todavía no existía, elemento que resultó determinante para descartar responsabilidad penal.

El Panel validó la recomendación del Departamento de Justicia, resolvió no designar un fiscal especial independiente y ordenó el archivo definitivo del asunto.